domingo, 19 de abril de 2009

MINISTERIOS ACTUALES DE COLOMBIA

Ministerio de agricultura:
Funciones1.Orientar y dirigir la formulación de los planes, programas y proyectos que requiere el desarrollo del sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, y en general de las áreas rurales del país.
2.Presentar los planes y programas del sector que deban ser incorporados al Plan Nacional de Desarrollo.
3.Preparar y presentar al Congreso de la República, de acuerdo con la agenda legislativa del Gobierno Nacional, los proyectos de ley relacionados con las funciones del sector.
4.Definir, en coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Comercio Exterior, la negociación o convenios internacionales del sector.
5.Crear, organizar, conformar y asignar responsabilidades a grupos internos de trabajo, mediante resolución, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por el Ministerio, y designar al funcionario que actuará como coordinador de cada grupo.
6.Crear, conformar y asignar funciones, mediante resolución, a los órganos de asesoría y coordinación que considere necesarios para el desarrollo de sus funciones.
7.Dirigir y coordinar lo relacionado con el Control Interno Disciplinario.
8.Las demás previstas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan o le sean delegadas por el Presidente de la República.

Ministerio de comercio exterior:
Funciones:
Decreto 210 del 3 de febrero de 2003. Mediante el cual se determinan los objetivos y la estructura orgánica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y se dictan otras disposiciones.
Decreto 4269 del 23 de noviembre de 2005. Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y se dictan otras disposiciones.
Decreto 2785 del 17 de agosto de 2006. Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y se dictan otras disposiciones.
Decreto 2700 de 2008. Por el cual se modifica el Decreto 210


Ministerio de comunicaciones:
es el responsable de coordinar en la administración pública la implementación de la Estrategia de Gobierno en línea, estrategia del Gobierno Nacional que tiene por objeto contribuir a la construcción de un Estado más eficiente, más transparente y participativo y que preste mejores servicios mediante el aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).

Ministerio de cultura:
1.Ejercer las funciones que el Presidente de la República le delegue y la ley le confiera y vigilar el cumplimiento de aquellas que por mandato legal le hayan otorgado a las dependencias del Ministerio.
2.Formular la política y los planes de acción del sector administrativo y ejercer las funciones de dirección, coordinación y control en las materias de su competencia.
3.Orientar, coordinar y controlar las entidades adscritas y vinculadas a su sector, conforme a las leyes y a los respectivos estatutos.
4.Formular, coordinar y ejecutar la política del Estado en los temas de cultura, deporte, recreación y aprovechamiento del tiempo libre, en concordancia con los planes y programas de desarrollo.
5.Presentar a consideración del Presidente de la República los proyectos de decreto relacionados con las funciones del Ministerio.
6.Presentar ante el Congreso de la República de acuerdo con la agenda legislativa del Gobierno Nacional, los proyectos de ley relacionados con el sector.
7.Representar al Gobierno Nacional en la ejecución de tratados y convenios internacionales sobre la cultura y el deporte, de acuerdo con las normas legales sobre la materia.
8.Dirigir y coordinar el Sistema Nacional de Cultura y el Sistema Nacional del Deporte con el fin de asegurar la adopción y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos en relación con la naturaleza de los mismos.
9.Participar como miembro en el Consejo Nacional de Política Económica y Social – CONPES, con derecho a voz y voto.
10.Presidir los Consejos Directivos o Juntas Directivas de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio y orientar, coordinar y controlar su gestión.

Ministerio de defensa:El Ministerio de Defensa Nacional tendrá, además de las funciones que determina el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, las siguientes:
1. Participar en la definición, desarrollo y ejecución de las políticas de defensa y seguridad nacionales, para garantizar la soberanía nacional, la independencia, la integridad territorial y el orden constitucional, el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio y el derecho de libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz.
2. Contribuir con los demás organismos del Estado para alcanzar las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos, obligaciones y libertades públicas.
3. Coadyuvar al mantenimiento de la paz y la tranquilidad de los colombianos en procura de la seguridad que facilite el desarrollo económico, la protección y conservación de los recursos naturales y la promoción y protección de los Derechos Humanos.

Ministerio de desarrollo economico:
a. Servir de cuerpo consultivo del Gobierno Nacional y en consecuencia estudiar los asuntos que éste someta a su y rendir los informes que les solicite sobre la industria en turismo, el comercio y demás ramas relacionadas con esta actividad.
b. Promover la enseñanza comercial e industrial a través de cursos especializados, conferencias y publicaciones.
c. Promover el desarrollo regional y participar en programas nacionales de esta índole.
d. Prestar servicios de información comercial.
e. Rendir los informes que la Superintendencia de Industria y Comercio, en cumplimiento de sus funciones de Control y Vigilancia le solicite.
f. Elaborar un programa anual de trabajo que deberá ser enviado para su conocimiento a la Superintendencia de Industria y Comercio el mes de diciembre del año anterior a su ejecución, así como las posteriores modificaciones que a dicho programa se hagan.

Ministerio de educacion:
1.Formular la política nacional de educación, regular y establecer los criterios y parámetros técnicos cualitativos que contribuyan al mejoramiento del acceso, calidad y equidad de la educación, en todos sus niveles y modalidades.
2.Preparar y proponer los planes de desarrollo del Sector, en especial el Plan Nacional de Desarrollo Educativo, convocando los entes territoriales, las instituciones educativas y la sociedad en general, de manera que se atiendan las necesidades del desarrollo económico y social del país.
3.Dictar las normas para la organización y los criterios pedagógicos y técnicos para las diferentes modalidades de prestación del servicio educativo, que orienten la educación en los niveles de preescolar, básica, media y superior.
4.Asesorar a los Departamentos, Municipios y Distritos en los aspectos relacionados con la educación, de conformidad con los principios de subsidiaridad, en los términos que defina la ley.
5.Impulsar, coordinar y financiar programas nacionales de mejoramiento educativo que se determinen en el Plan Nacional de Desarrollo.
6.Velar por el cumplimiento de la ley y los reglamentos que rigen al Sector y sus actividades.
7.Evaluar, en forma permanente, la prestación del servicio educativo y divulgar sus resultados para mantener informada a la comunidad sobre la calidad de la educación.
8.Dirigir la actividad administrativa del Sector y coordinar los programas intersectoriales.

Ministerio de hacienda:
1.Elaborar el proyecto de presupuesto del Sector Público y dictar las normas para su ejecución.
2.Administrar los recursos financieros del Estado.
3.Proponer la legislación relativa a la administración del personal del Sector Público y, especialmente, la referida a dotaciones, remuneraciones, jubilaciones, pensiones y montepíos.
4.Amortizar y coordinar íntegramente las acciones financieras que en sus respectivas esferas de competencia, realizan los distintos Ministerios y sus organismos dependientes o relacionados.
5.Conocer e informar, antes de iniciarse su tramitación legislativa, toda iniciativa de orden financiero que implique gastos o endeudamiento del Sector Público.
6.Intervenir en los acuerdos y tratados comerciales y financieros internacionales.

Ministerio de justicia y derecho:
1. Velar por la aplicación efectiva de las normas nacionales e internacionales que garantizan los derechos humanos y las libertades fundamentales, teniendo en cuenta la situación de los grupos vulnerables, comprendidos, entre otros, los indigentes, los migrantes, el niño, los solicitantes de asilo, las personas discapacitadas, las personas de la tercera edad, los pueblos indígenas y las minorías sexuales.
2. Recepcionar denuncias sobre la vulneración de los derechos humanos y establecer un mecanismo de acciones urgentes y seguimiento para su mejor protección.
3. Asistir al Secretario de Derechos Humanos en la elaboración de programas de promoción y protección de los derechos de las personas discapacitadas y en programas similares destinados a personas afectadas por VIH/SIDA y a otros grupos vulnerables, sobre la base del principio de no discriminación.
4. Establecer procedimientos de observación activa de oficio o a pedido de parte de problemáticas relativas a la vulneración de los derechos humanos, en coordinación con organismos estatales y con las redes sociales.

Ministerio de minas y energia:
1. Dirigir, orientar, coordinar, ejecutar y vigilar las funciones asignadas a la Unidad por la ley, el presente decreto y demás normas pertinentes.
2. Dirigir la elaboración y actualización del Plan Nacional de Desarrollo Minero, el Plan Energético Nacional y el Plan de Expansión del sector eléctrico en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo y la política macroeconómica del Gobierno Nacional para zonas interconectadas y no interconectadas.
3. Dirigir las actividades y los estudios e investigaciones que permitan establecer los requerimientos de oferta y demanda de los recursos minero energéticos, según criterios económicos, sociales, tecnológicos y ambientales.
4. Presentar recomendaciones al Ministro de Minas y Energía para la definición de políticas y estrategias del sector minero-energético.
5. Dirigir y promover la formulación de los planes, programas y proyectos relacionados con el ahorro, conservación y uso eficiente de la energía, así como los de carácter científico y tecnológico para la intensificación del uso de fuentes alternas de energía y evaluar la conveniencia económica de su desarrollo.

Ministerio de salud:
1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia;
2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL;
3. Entender en la fiscalización del funcionamiento de los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud;
4. Entender en la planificación global del sector salud y en la coordinación con las autoridades sanitarias de las jurisdicciones provinciales y del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, con el fin de implementar un Sistema Federal de Salud, consensuado, que cuente con la suficiente viabilidad social;
5. Entender en la elaboración de las normas destinadas a regular los alcances e incumbencias para el ejercicio de la medicina, la odontología y profesiones afines, garantizando la accesibilidad y la calidad de la atención médica.

Ministerio de transporte: debe cumplir las sgtes funciones:
1. Participar en la formulación de la política, planes y programas de desarrollo económico y social del país
2. Formular las políticas del Gobierno Nacional en materia de tránsito, transporte y la infraestructura de los modos de su competencia.
3. Establecer la política del Gobierno Nacional para la directa, controlada y libre fijación de tarifas de transporte nacional e internacional en relación con los modos de su competencia, sin perjuicio de lo previsto en acuerdos y tratados de carácter internacional.
4. Formular la regulación técnica en materia de tránsito y transporte de los modos carretero, marítimo, fluvial y férreo.
5. Formular la regulación económica en materia de tránsito, transporte e infraestructura para todos los modos de transporte.
6. Establecer las disposiciones que propendan por la integración y el fortalecimiento de los servicios de transporte.
7. Fijar y adoptar la política, planes y programas en materia de seguridad en los diferentes modos de transporte y de construcción y conservación de su infraestructura.
8. Establecer las políticas para el desarrollo de la infraestructura mediante sistemas como concesiones u otras modalidades de participación de capital privado o mixto.
9. Apoyar y prestar colaboración técnica a los organismos estatales en los planes y programas que requieran asistencia técnica en el área de la construcción de obras y de infraestructura física, con el fin de contribuir a la creación y mantenimiento de condiciones que propicien el bienestar y desarrollo comunitario.
10. Elaborar el proyecto del plan sectorial de transporte e infraestructura, en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y las entidades del sector y evaluar sus resultados.

Ministerio del interior:
1. Ejercer, bajo su propia responsabilidad, las funciones que el Presidente de la República le delegue o la ley le confiera y vigilar el cumplimiento de las que por mandato legal se hayan otorgado a dependencias del Ministerio, así como de las que se hayan delegado en funcionarios del mismo.
2. Participar en la orientación, coordinación y control de las entidades adscritas y vinculadas pertenecientes al Sector Administrativo del Interior y de Justicia.
3. Dirigir y orientar la función de planeación del Sector Administrativo del Interior y de Justicia.
4. Revisar y aprobar los anteproyectos de presupuestos de inversión y de funcionamiento y el prospecto de utilización de los recursos del crédito público que se contemplen para el Sector Administrativo del Interior y de Justicia.
5. Vigilar el curso de la ejecución del presupuesto correspondiente al Ministerio.
6. Suscribir en nombre de la Nación y de conformidad con el Estatuto de Contratación Pública y la Ley Orgánica de Presupuesto, los contratos relativos a asuntos propios del Ministerio.
7. Dirigir las funciones de administración de personal conforme a las normas sobre la materia.

Ministerio de medio ambiente:
1.Formular la política nacional en relación con el medio ambiente y los recursos naturales renovables, y establecer las reglas y criterios de ordenamiento ambiental de uso del territorio y de los mares adyacentes, para asegurar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y del medio ambiente.
2.Regular las condiciones generales para el saneamiento del medio ambiente, y el uso, manejo, aprovechamiento, conservación, restauración y recuperación de los recursos naturales, a fin de impedir, reprimir, eliminar o mitigar el impacto de actividades contaminantes, deteriorantes o destructivas del entorno o del patrimonio natural.
3.Preparar, con la asesoría del Departamento Nacional de Planeación, los planes, programas y proyectos que en materia ambiental, o en relación con los recursos naturales renovables y el ordenamiento ambiental del territorio, deban incorporarse a los proyectos del Plan Nacional de Desarrollo del Plan Nacional de Inversiones que el Gobierno someta a consideración del Congreso.
4.Dirigir y coordinar el proceso de planificación y la ejecución armónica de las actividades en materia ambiental, de las entidades integrantes del Sistema Nacional Ambiental (SINA).
5.Establecer los criterios ambientales que deben ser incorporados en la formulación de las políticas sectoriales y en los procesos de planificación de los demás Ministerios y entidades, previa su consulta con esos organismos.

40 comentarios:

  1. Respuestas
    1. eso es todo lo que tienes que decir..................

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    2. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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    3. si le enseña a aser la tarea a los niño

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  2. GRACIAS AL PELO, BUENA ONDA SIGA ASI.

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  3. Muchas Gracias Me Sirvio de Mucho

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  4. Por favor se debe ser más cuidadoso: Inciso 4 Ministerio de Salud. Esta información es sobre Colombia o sobre Argentina.

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  5. que buena informacion muchas gracias pero podrian especificar de que pais son estos ministerios

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  6. pueden hacer mas informacion gracias

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  7. perdón esta información es de Colombia ,con todo respeto no es de buenos aires argentina ,lo que pasa que en Colombia se copio el mismo modelo que allá en argentina pero en realidad el modelo es de estados unidos quien también lo copio a los españoles en fin todo es similar disculpen a la persona que escribió gracia la información es muy buena

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  8. º_º faltan 2 ministros bobo hahahahaah

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  9. oiga y orque no subio tambien los nombres de los ministros T0T ..l.. ..l.. estupido

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  10. oiga y orque no subio tambien los nombres de los ministros T0T ..l.. ..l.. estupido

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  11. boboooooo aguevados hahahahaha ..l.. ..l.. .l.

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  12. boboooooo aguevados hahahahaha ..l.. ..l.. .l.

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  13. ser carones y malagradesidos es el colmo de las personas
    buena imformacion

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  14. ser carones y malagradesidos es el colmo de las personas
    buena imformacion

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  15. gracias esto me sirvió de mucho

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